sistema de seguridad social

 

sistema de seguridad social



La seguridad social es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos laborales, subsidio familiar y los servicios sociales complementarios que se definen en la ley. Este es un sistema que cubre eventualidades como la de alteración a la salud, incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte, para cuya protección se establecieron los sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y de Subsidio Familiar.

                                      Beneficios para trabajadores

Garantía de protección de los derechos fundamentales.

Prestaciones asistenciales y económicas para el trabajador y su familia.
Generación de ingresos que mejoran la económica doméstica.
Recreación y cultura para el trabajador y la familia.
Seguridad y salud en el trabajo

                                     Beneficios para empleadores



Permitir que los trabajadores y sus familias se beneficien del sistema de seguridad social integral.
Crear y mantener un ambiente laboral seguro para los trabajadores y contratistas.
Cobertura de los riesgos por parte del sistema
Cumplimiento de las normas
Aumento de la productividad del negocio.



                                                           LEY 100 DE 1.993

La Seguridad Social Integral es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que disponen la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad.

El sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios, materia de esta ley, u otras que se incorporen normativamente en el futuro.

Principios. El servicio público esencial de seguridad social se prestará con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación.

 

 Cuáles son los tipos de seguridad social?

El Régimen Obligatorio se integra por cinco tipos de seguros: Riesgos de Trabajo (SRT), Enfermedades y Maternidad (SEM), Invalidez y Vida (SIV), Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV), y Guarderías y Prestaciones Sociales (SGPS).


Comentarios

Entradas populares de este blog

SALUD

ARL

Sistema de Referencia- Contrarreferencia